Peligrosas Nostalgias Inflacionarias

Eduardo Barreira Delfino

por Eduardo Barreira Delfino

jueves, 20 de diciembre de 2012

Ante mi estupor, El Cronista del 19 de diciembre de 2012, en la Sección Opinión, publica un trabajo de Moisés Brenner, realmente de cuño sofisticado y arcaico, debido a que propicia la necesidad de contar con una moneda ajustable, para dinamizar el aparato productivo y propone derogar la ley de convertibilidad, en lo referente a la prohibición de indexar.

Realmente insólito el contenido intelectual de la nota, porque tener una “moneda ajustable” en los términos propiciados, precisamente significa no tener moneda. A su vez tal postura demuestra una simpatía con la inflación y un renunciamiento a combatirla, como sucede en todos los países serios en la administración de sus recursos. Ante estas etéreas sugerencias, siempre me veo obligado a sentenciar “pobre los pobres”, quiénes carecen de toda posibilidad de defensa frente a la inflación y deben sufrir el cercenamiento de su futuro como ciudadano con derecho a vida digna.

La inflación advierte sobre algo negativo, es la fiebre que permite observar un síntoma de grave deficiencia funcional en el conjunto de la economía y que se conlleva inexorablemente a la desaparición de la moneda nacional como instrumento de transacción, de ahorro y de inversión. Recordar el facilismo y la irresponsabilidad institucional de eliminar durante 40 años, la friolera de 13 ceros en el valor nominal del peso, tragedia que necesariamente lleva a recordar a LENIN, cuando predicaba que “si quieres destruir el capitalismo, comienza por destruir su moneda”. Aprendizaje que frustró el desarrollo económico y social del país hasta el presente.

La experiencia de las economías comparadas, señala que la entronización de la inflación, con su proyección ascendente, conlleva un renunciamiento del futuro, en virtud de que desalienta todo proyecto o emprendimiento en el mediano y largo plazo, encorsetando a los agentes económicos y a los ciudadanos a desempeñarse en el corto o cortísimo plazo (hoy se puede, mañana tal vez pero pasado no se sabe). Por lo tanto, no se alcanza a comprender como el aparato productivo puede dinamizarse, si precisamente la inflación, al instalar la incertidumbre y su correlato del plazo diario en la toma de decisiones, desalienta los emprendimientos y retrae las iniciativas en la asunción de riesgos, elemento esencial que todo proyecto exige para tener principio de ejecución, sustentabilidad y culminación exitosa. Recordar también que los últimos 40 años pueden caracterizarse como el período de las promesas incumplidas.

El crudo “rodrigazo” del año 1975, entronizó la creación de valores ajustables y la ramificación de diversos índices oficiales y privados de ajuste, transformando el funcionamiento del conjunto de la economía en un surrealismo aritmético y abstracto, donde era muy difícil encontrar dos contratos que, siendo de igual valor inicial y plazo pero sujeto a distintas cláusulas de ajuste o estabilización monetaria, llegaban a su terminación con valores finales marcadamente diferentes. Es así como el Acreedor no sabía cual era su rentabilidad real y el Deudor desconocía su costo financiero total.

Los fallos jurisprudenciales son ilustrativos del “aquelarre” económico financiero de aquella época, donde se puntualizaba que no era admisible para el derecho, que los deudores abonasen sus compromisos en cuotas ajustadas y, en vez de reducir su saldo de deuda, lo incrementaban. Ello en atención a que Amortizar cada mes cuotas pequeñas e Indexar cada mes el saldo de capital, conlleva que cada mes el Divisor baje pero, a su vez, el Dividendo se incremente, lo que conduce a la curiosidad de pagar y, pasar a deber más.

Sería interesante que el autor leyera el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, el 20 de abril de 2010, en los autos “MASSOLO, Alberto c/ TRANSPORTE DEL TEJAR SA”, que explica en profundidad las altas razones por las que debe defenderse el valor de la moneda.

Por ello, la propuesta del autor mencionado de volver a una moneda ajustable y sugerir que “sería de interés emitir títulos como lo fueron del VANA, con ajuste de distintos índices según el sector a donde se encaminen las inversiones”, objetivamente no puede entenderse ni racional ni técnicamente.

A mayor abundamiento, también procede hacer una referencia a la reforma de la Carta Orgánica del Banco Central (Ley 26.739), que pasa a tener una significación muy trascendente para la vida económica del país, visto que se renuncia a combatir la inflación, estigma que enturbia el futuro y compromete seriamente la estabilidad monetaria y financiera como la de los precios y los salarios.

La mentada reforma le ha quitado al Banco Central, la misión primordial de “preservar el valor de la moneda” como así también le ha retirado la obligación de presentar un programa monetario anual sustentado en metas técnicas de inflación.

En esa misma línea merece señalarse la relevancia del Art. 772 del Proyecto de Código Civil y Comercial de la Nación, que establece: “Si la deuda consiste en cierto valor, su cuantificación en dinero no puede ser realizada empleando exclusivamente índices generales de precios. El monto resultante debe referirse al valor del momento que corresponda tomar en cuenta para la evaluación de la deuda. Puede ser expresada en una moneda sin curso legal que sea usada habitualmente en el tráfico. Una vez que el valor es cuantificado en dinero se aplican las disposiciones de esta Sección”. Esta norma significa la convalidación de las famosas cláusulas de ajuste y/o de estabilización de la ecuación económica-financiera de los contratos, tan divulgadas en épocas pretéritas.

Ergo, fácil resulta deducir que el citado Proyecto persigue sentar una plataforma para los contratos de contenido y esencia económico-financiera, que les permita acompañar la inflación, flagelo que ya lleva varios años de derrotero y donde todo hace presagiar que vino para quedarse y prolongarse. El regreso de las más variadas fórmulas de ajuste o estabilización, que asolaron el universo contractual en el país durante las décadas de los años 70 y 80, hasta lograr la destrucción del contrato como instituto esencial para el normal funcionamiento de un país, pareciera que al autor no le resulta preocupante.

Entonces la pregunta necesaria es: ¿Cómo puede dinamizarse el aparato productivo a través de una moneda ajustable, que no es moneda? ¿Cómo puede comprometerse esa dinámica si el contrato se transforma en una simple tira de papel?