Comentarios en torno a la distribución de dividendos en las Sociedades Anónimas

Marcelo Camerini

por Marcelo Camerini

jueves, 26 de mayo de 2011

Asistimos por estos días a un interesante debate en torno a si las empresas en la cuales el Estado nacional tiene una participación accionaria, deben distribuir obligatoriamente dividendos en efectivo, como lo inducen los funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional.

Para el lector desprevenido señalamos que el Estado nacional, es tenedor de acciones de sociedades anónimas, debido a la derogación de la Ley Nº 24.241 por la Ley Nº 26.425 que suprimió el “Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones” -AFJP- y estableció el llamado “Sistema Integrado Previsional Argentino”, por el cual todos los aportes previsionales de las personas en actividad, son administrados por la ANSES (sistema de reparto) y los activos que tenían en cartera las AFJP (sistema de capitalización en cuentas individuales) fueron traspasados para su administración del mencionado órgano previsional.

Cuando hablamos de dividendos, estamos aludiendo a la ganancia de una sociedad, menos los gastos para obtenerla y los impuestos que la gravan. Ese monto de dinero, se pone a consideración de los socios (por una asamblea de accionistas) para que decidan si se distribuyen entre ellos, y eso puede ser en forma total, parcial o no, en cuyo caso se destinan a una cuenta especial, llamada “resultados no asignados”.

La no distribución de dividendos puede obedecer a diversas causas, como una ganancia exigua; un plan de inversiones muy fuerte; creación de un fondo anticrisis, etc., dependiendo de cada sociedad en particular y sobre todo de la actividad que desarrolle.
En la Argentina, hasta la década del 90, las sociedades en la oferta pública eran remisas a pagar dividendos a sus accionistas, ya que existiendo en la mayoría de ellas grupos de control, esos grupos se aseguraban buenos ingresos vía los honorarios por directores y las ganancias las reinvertían.

Esto cambio sustancialmente, con la importante modificación del mercado de capitales local, que trajo aparejada la privatización de empresas del estado durante la mencionada década del 90.

Muchas empresas del Estado fueron adquiridas por accionistas extranjeros que tenían incorporada la cultura del reparto de dividendos, a ello se sumó que el accionista/inversor local comenzó a percibir que era lógico y necesario que su inversión tuviera una renta y en las acciones la única forma es vía el dividendo.

Esto modificó el status quo de años, de nuestro mercado de capitales, reticente al pago de dividendos y quedó incorporada esta nueva y positiva forma de atraer al accionista/inversor.

En la empresa moderna, se busca un equilibrio entre la distribución de dividendos como mecanismo de atracción al accionista/inversor y el plan de negocios y crecimiento, que pueda sostenerse en el tiempo, ya que esto último requiere de inversiones permanente, y éstas se hacen con las ganancias que obtiene la empresa.

Es un mecanismo destructivo que conduce a largo plazo a la desaparición de la empresa, la distribución de dividendos que incluya todas las ganancias de la empresa o su gran mayoría.

Ejemplo de lo expuesto lo constituye el caso YPF, quien repartió en el año 2010 el 90% de sus ganancias, cuando lo habitual en la industria petrolera es la distribución del 35 al 45% como máximo, en dividendos, debido a las exigentes políticas de inversión en exploración que deben tener, para mantener sus niveles de reservas.

¿Por qué ha sucedido esto?, por la sencilla razón que REPSOL le vendió primero un 15% de sus acciones y ahora un 10% más al grupo Argentino Eskenazi, a través de un préstamo estructurado, el cual se paga en su mayoría con los dividendos que se distribuyen por esas acciones.

El resultado es que el nivel de exploración de YPF es un 75% más bajo que en las décadas anteriores, con reservas únicamente para siete años.

Ante esto, cuesta mucho comprender la visión del Poder Ejecutivo Nacional, respecto de exigir a las empresas en las cuales es tenedor de acciones, la mayor distribución posible de ganancias, vía dividendo, ya que el Estado atendiendo al respaldo que esas acciones constituyen para el sistema previsional, el cual es de largo plazo, debería exigir lo contrario, que es que se capitalicen las ganancias y se reinviertan, como forma que las empresas crezcan en forma constante.

Pero claro, los gobiernos argentinos, solo piensan en políticas de corto plazo y lo más efectistas posibles, nunca en políticas de Estado y en las próximas generaciones, las consecuencias están a la vista, un país que en vez de proyectarse por la vía del crecimiento y el desarrollo, se debate en la anomia y la desesperanza, sin proyecto colectivo que pueda sintetizar la esperanza de un provenir mejor.

En definitiva, lo único que importe es la KAJA.