por Eduardo Barreira Delfino
lunes, 18 de enero de 2010
El encuadramiento jurídico de los bancos centrales siempre ha constituido en tema de debate, acerca del grado de independencia o dependencia funcional que debe tener respecto del gobierno central. Este debate se viene arrastrando desde hace varias décadas y gira alrededor de dos visiones bien demarcadas: si el banco central depende o es independiente del gobierno.
No me caben dudas que el Decreto NU 2010/2009, actualmente centro de discusión nacional, viola las atribuciones que le competen al Congreso de la Nación, los requisitos previstos para ese tipo de acto en la Constitución Nacional, ante la ausencia de “necesidad” y “urgencia” y la normativa legal de creación y funcionamiento del Banco Central. Hago votos para que impere la juricididad institucional.
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