por Staff ZonaBancos.com
lunes, 09 de junio de 2003
La creación de la Unidad de Reestructuración del Sistema financiero mediante el Decreto del PEN 1262/03 es un signo importante por el cual se le quita espacio de poder al BCRA por parte del Ministerio de Economía.
La afirmación enunciada se sustancia por un lado, con lo que establece el artículo 1ro de dicho decreto: “Créase la UNIDAD DE REESTRUCTURACION DEL SISTEMA FINANCIERO, la que tendrá por objeto definir la estrategia de reestructuración del sistema financiero así como el correspondiente plan de acción y las demás funciones previstas en el presente decreto” por el cual esta Comisión cumplirá funciones que le son exclusivas al Ente Rector como lo estable la Ley 24144 (su Carta Orgánica) cuando dice en su art. 3ro: “...Las atribuciones del Banco para estos efectos, serán la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en la economía y el dictado de normas en materia monetaria, financiera y cambiaria, conforme a la legislación vigente...” y ...“En la formulación y ejecución de la política monetaria y financiera el Banco no estará sujeto a órdenes, indicaciones o instrucciones del Poder Ejecutivo nacional...”
Asimismo en el art. 4 se establece: “Son funciones del Banco Central de la República Argentina: a) Vigilar el buen funcionamiento del mercado financiero y aplicar la Ley de Entidades Financieras y demás normas que, en su consecuencia, se dicten...” y además, la Ley de Entidades Financieras (21.526) prevé diferentes procedimientos para reestructurar a las entidades inviables. (estos últimos buscan ser modificados por el proyecto Ley 1246, del 23 de mayo ppdo)
Cabe destacar que el BCRA cuenta con gerencias especializadas para reestructurar el sistema financiero y como les detallé existe un marco jurídico que se vería invadido por aplicación de un decreto.
Si bien es cierto que en la reestructuración del sistema financiero que se busca realizar con la Comisión creada por el Dec. 1262/03 se participa al BCRA, en el primer año, el presidente de este nuevo organismo (con doble voto) es un representante de Economía, por el cual en el año de las mayores definiciones se destaca el poder de decisión de este último sobre el Banco Central.
Lo correcto hubiera sido, que el Banco Central se encargue de llevar adelante las reformas necesarias y en todo caso, con algún asesoramiento y/o rindiendo cuentas de los avances al P.E.N. en el marco de las exigencias asumidas con el FMI. Por lo menos así lo veo yo...
Por último, algunos desconfiados estiman que el origen del Decreto 1262/03 estaría dado como sugerencia al ex presidente por parte de un banco provincial, tendrá peso?
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