por Staff ZonaBancos.com
miércoles, 30 de abril de 2003
La Comunicación “A” 3935 del BCRA deja sin efecto, a partir del 1 de mayo de 2003, la posibilidad de computar las tenencias propias de LEBAC como “Aplicación” en el régimen de “Aplicación Mínima de Recursos Provenientes de Obligaciones a la Vista y a Plazo en Pesos”.
Esta reforma endurece los encajes del grupo de bancos más líquidos (téngase en cuenta que desde varios meses atrás, las entidades que fueron asistidas por el BCRA tienen prohibido suscribir LEBAC).
Actualmente, el esquema de encajes dispuesto por el BCRA se estructura a través de los regímenes de Aplicación Mínima de Recursos y de Efectivo Mínimo. El único efecto del régimen de Aplicación Mínima de recursos es la generación de una sobre-exigencia en el régimen de Efectivo Mínimo, a su vez, la exigencia total que determine el régimen de Efectivo Mínimo debe integrarse con liquidez (efectivo en caja y cuentas en el BCRA).
El banco que poseía tenencias propias de LEBAC deberá dejarlas de computar como “Aplicación”, y esto incrementará la brecha entre “Recursos y Aplicaciones”, generando un mayor defecto en el régimen de Aplicación Mínima de Recursos. A su vez, este defecto incrementará la exigencia de Efectivo Mínimo y la entidad se verá obligada a guardar mayor liquidez.
Recibí info GRATIS en tu correo
¡Suscribite ya!
33,00% TNA
30 días
32,00% TNA
“No reclames que te dan de baja”
MARCELOBAINES opinó sobre Banco Galicia el 26/02/20
“irresponsables”
jimenap1989 opinó sobre Banco Galicia el 05/02/20
“Cautivo de este banco, pesimo! Rosario.”
aluvion85 opinó sobre Nuevo Banco de Santa Fe el 19/01/20
“Cooperativismo en el capitalismo!”
aluvion85 opinó sobre Banco Credicoop el 19/01/20
“Cobro incorrecto con previa consulta hecha”
Cpach opinó sobre Banco Supervielle el 14/01/20
más opiniones