miércoles, 19 de noviembre de 2008
Por primera vez, un fallo le ordena a una administradora indemnizar a una ahorrista que se vio perjudicada por el default del Estado
Dicen que los mercados no tienen memoria. Para los ahorristas, parece, es distinto.
Durante 1999 y parte del 2000 la industria de los Fondos Comunes de Inversión (FCI) gozó de muy buena salud. Miles de personas confiaron sus ahorros a las administradoras, que en la mayoría de los casos, disponían de una variada oferta de productos y estructuraron el negocio bajo el ala protectora de los bancos.
Sin embargo, algunos meses después, cuando el país se debatía en un marasmo de incertidumbre social, económica y financiera que lo llevó al default de deuda, aquellos que habían depositado sus ahorros en FCI, y especialmente aquellos que habían optado por los fondos más “conservadores” que invertían en deuda local, se desayunaron con una sorpresa desagradable. La deuda donde los cuotapartistas de los fondos tenían invertidos sus recursos, no iba a ser honrada por el Estado.
Ahora un fallo del Juzgado Nacional en lo Comercial Nro. 18 que comanda Rafael Barreiro, ordena a la administradora Itaú Asset Management a indemnizar a una ahorrista que sostuvo que se vio perjudicada en aquél momento por una mala administración de su dinero y que le inició un juicio a la administradora en 2004.
“El propósito de los ahorristas era obtener una reparación integral del daño sufrido como consecuencia de la mala praxis en que habrían incurrido las administradoras en la gestión de los fondos que les fueran confiados por sus clientes”, le dijo a El Cronista, el abogado patrocinante del caso, Eduardo Kenig, del estudio Kenig, Rabade & Asociados.
Según el letrado, “la importancia del fallo es que se trata del primero en expedirse sobre los fondos comunes, y que existen muchísimos inversores que se encuentran en la misma situación y que podrían hacer su reclamo incluso hayan retirado el dinero del fondo”, dijo Kenig. Consultados por El Cronista, desde el Banco Itaú optaron por no hacer declaraciones, si bien señalaron que la sentencia fue apelada y que se trata de un fallo en primera instancia.
Es cuento largo
En el 2001, el ex ministro Domingo Cavallo impulsó el “Megacanje”, aquella operación por la que se reprogramó deuda, medida que no sólo no pudo calmar la creciente desconfianza de los mercados, sino que originó un drástico salto en el endeudamiento argentino. Algunos meses después, los títulos que participaron de esta operación fueron defaulteados, entre ellos, las Letras del Tesoro argentino. Más tarde entraron en el canje de deuda.
La sentencia deja constancia que la ahorrista demandante señaló que “invirtió en el fondo prácticamente la totalidad de sus ahorros que eran u$s 20.000 en el fondo Itaú Goal Renta fija en dólares, los que al tiempo después el propio Estado determinó que no pagaría”.
Según la sentencia, dicho fondo llegó a estar constituido en un 97,9% en Letras del Tesoro Argentino, que posteriormente entraron en el canje de deuda, allá por julio de 2000.
Consta en el documento que la demandante señaló que, a partir del default dispuesto por el Estado, prácticamente toda su inversión, fue convertida en títulos públicos, sin que ello se le informara en debida forma.
Según consta en la sentencia, desde el Banco Itaú respondieron que el FCI Goal Renta Fija en dólares es administrado por Itaú Asset Management S.A. y que el banco sólo actuó como entidad depositaria. Negaron, entre otras cosas, que el FCI entregara el dinero de la demandante al Estado y que recibiera a cambio “papelitos de colores”.
Fuente: El Cronista
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