Los bancos tendrán que informar las rentas financieras de sus clientes a AFIP

jueves, 03 de enero de 2019

Bancos y agentes de Bolsa deberán cumplir un régimen de información hacia la AFIP y sus clientes con intereses y rendimientos de la renta financiera.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) anunció ayer que para pagar el impuesto a la renta financiera, quienes no estén inscriptos en el Impuesto a las Ganancias deberán hacerlo, ya que es un gravamen anual y se pagará por las inversiones de todo 2018.

Además, el subdirector de Fiscalización de AFIP , Sergio Rufail, explicó que se pagará mediante la presentación de una declaracion jurada especial que recaerá en el mes de junio, al igual que la general.

Sin embargo, según como se vea venir el volumen de presentaciones, podrían separarse los días de las presentaciones de las dos declaraciones juradas.

Se tratará, dijo Rufail, de una "declaración asistida", como ya son la de los impuestos a las Ganancias general y a los Bienes Personales.

Pero para llegar a esa "asistencia", la AFIP emitirá hoy dos Resoluciones Generales creando regímenes de información para los bancos y los agentes de bolsa, quienes deberán decir a la AFIP qué inversiones tiene cada contribuyente con su rendimiento o interés.

De este modo, la AFIP tendrá casi todos los datos económicos con los que luego "asistirá" al contribuyente informándole e "Nuestra Parte" sobre lo que ya sabe acerca de sus ganancias de fuente financiera.

Y también los contribuyentes contarán con más fuentes de información, ya que las entidades deberán darle a sus clientes la misma información que brindarán a la AFIP.

Lo único que quedará afuera del radar de bancos, agentes de bolsa, y por lo tanto, de la AFIP, son las ganancias por ventas de acciones o bonos, los que tendrán que ser declarados directamente por el contribuyente, indicó Rufail.

Por otra parte, se tributa lo que excede el mínimo no imponible, cifra que para 2018 es de $ 66.977. Para los inversores que tengan rentas financieras por debajo de esa cifra, no hay obligación de inscribirse en Impuesto a las ganancias ni de presentar la declaración jurada.

Con este esquema, conversado con las instituciones intervinientes, la AFIP evitó el esquema que se pensó en un momento para asegurarse el cobro, de retención por parte de los bancos y los agentes de bolsa del impuesto debido.

El sector financiero aseveró frente a los funcionarios de la AFIP que un sistema de retención hubiera expulsado más directamente los capitales de Argentina, llevándolos a otros mercados.

Los tres grandes actores que deberán cumplir con el flamante régimen de información son los siguientes:

  • Entidades financieras.
  • Agentes de liquidación y compensación registrados en la Comisión Nacional de Valores.
  • Sociedades depositarias de fondos comunes de inversión.


El plazo para presentar la información a la AFIP vence el 15 de marzo próximo. Con relación a los clientes, será los últimos
días de marzo, ya que las resoluciones indicarán que sean 30 días corridos antes de que venza la declaración jurada del
Impuesto a las Ganancias en junio.

¿Qué se informa?

Los datos del contribuyente y, cuando se trate de operaciones en moneda extranjera, deberá efectuarse la conversión a su equivalente en pesos utilizando el último valor de cotización tipo comprador que fije el Banco Nación al cierre del día de pago.

Para los plazos fijos, los datos más importantes son el monto depositado y el monto de los intereses, en moneda original y en pesos argentinos, y si posee cláusula de ajuste, porque según esto pagará 5% o 15% de impuesto.

Si bien el impuesto se cobra sobre lo percibido, esto es salvo el caso en que el plazo de la imposición exceda la fecha del ejercicio en algunos bonos.

En el caso de los títulos públicos, ONs, cuotaparte en FCIs, títulos de fideicomisos financieros, bonos y otros títulos valores, se informa el número de la cuenta comitente, el código de la especie , denominación de especie, moneda, si posee cláusula de ajuste, importe total registrado para cada especie de las actualizaciones, y sobre todo, intereses o rendimientos, en moneda original y también en pesos argentinos.

Las resoluciones que se emitirán hoy establecerán también que tipo de documentación respaldatoria deberá conservar el contribuyente para cada tipo de renta financiera y cuál es la entidades que se la proveerá.
 

Fuente: El Cronista