política monetaria
jueves, 20 de marzo de 2014
El organismo estableció que deben vender los contratos a futuro que habían transferido a empresas vinculadas.
El organismo determinó que las entidades financieras deberán vender los contrato a futuro que habían transferido a sus empresas vinculadas para evitar quedar expuestos a una devaluación al decidir incluir todas estas operaciones dentro del límite del 10% que había establecido en la resolución inicial.
La medida habría sido adoptada porque muchos grandes bancos privados habían aplicado este artilugio contable, durante el mes pasado, para "esconder" su posición en dólares: las entidades vendían sus contratos de dólar a sociedades que pertenecían al mismo grupo, y que no presentaban con éste un balance consolidado, para evitar deshacerse de los derivados y escatimar la oferta en el mercado cambiario.
La comunicación A 5563 estableció que, ahora, "cuando se computen operaciones de venta a término concertadas con contrapartes vinculadas a la entidad, también corresponderá considerar con signo positivo un importe equivalente a la suma de ellas". Y que deberán informar por nota este tipo de transacciones, a más tardar, el viernes próximo.
El organismo agrega que "se efectuará un seguimiento específico respecto de las operaciones que se computan en la posición global neta de moneda extranjera, especialmente las concertadas a término y con personas vinculadas".
Fuente: Minutouno
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