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El Banco Central exigirá a los bancos que informen el costo financiero total

viernes, 01 de marzo de 2013

A partir de abril las entidades financieras deberán comunicar todos los meses a la autoridad monetaria sobre el costo financiero total de los préstamos personales. Se suma a las trabas para mover las comisiones por servicios

En su habitual reunión de directorio de los jueves, el Banco Central, encabezado por Mercedes Marcó del Pont, estableció un nuevo régimen informativo según el cual los bancos deberán informar al ente monetario los datos del Costo Financiero Total (CFT) aplicado a los préstamos personales que se otorguen cada mes.

Fuentes del Banco dijeron a Télam que el régimen en cuestión se aplicará a partir de abril e incluirá cantidad de préstamos, montos, tasas y el Costo Financiero Total que otorguen las entidades financieras mensualmente.

Se trata de un nivel sustancialmente mayor al de la tasa de interés nominal, porque se agrega el efecto del costo de otorgamiento del crédito, seguros e impuestos.

"El objetivo es contar con información precisa del mercado de préstamos personales, permitiendo el control de acciones abusivas por parte de las entidades bancarias y no bancarias en relación a sus clientes", dijeron los informantes.

En caso de que las cifras suministradas por las entidades no guarden razonabilidad, éstas deberán brindar explicaciones adicionales y suministrar el detalle los conceptos que integran el CFT.

En el marco de la ampliación de las facultades otorgadas al BCRA por la Reforma de su Carta Orgánica (Ley 26.739), se incorporó expresamente en su ámbito de incumbencia el establecimiento de medidas para la protección de los derechos de los usuarios de los servicios financieros.

En este sentido, en enero pasado se emitió la Comunicación "A" 5388, que incluye la normativa que deben observar las entidades financieras sobre el particular.

La acción regulatoria en la que se inscribe este nuevo régimen informativo se focaliza en dos aspectos: a) asegurar la competencia y el poder de elección del consumidor evitando la constitución de posiciones dominantes, y b) garantizar que el cliente bancario pueda discernir, comparar y elegir apropiadamente los productos financieros que le son ofrecidos. 

Fuente: Infobae