Para qué sirve el acuerdo con China

lunes, 20 de abril de 2009

Como precaución ante la crisis global, el BCRA enlazó con el Banco Popular de China un vínculo sin condicionamientos que le otorga a la Argentina un mayor grado de libertad para sortear los problemas financieros que pudieran avecinarse.

A medida que pasa el tiempo, se vuelve más complejo encontrar coincidencias entre los agentes económicos sobre cuándo y cómo se sale de la crisis internacional. Ese escenario fue considerado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA) desde 2007 para la implementación de todas sus políticas.

Ante esa situación, y para una economía como la argentina, nada mejor que lograr cuanto antes, y de la mejor manera posible, mayores grados de libertad financiera. Algunos países procuraron ese objetivo por necesidad, los menos por virtud y otros simplemente por precaución. El BCRA lo hizo por este último motivo, a través de un acuerdo con el Banco Popular de China (PBC), un socio de fuerte presencia en la economía mundial. Un vínculo sin condicionamientos de ninguna especie, que nos otorga ese mayor grado de libertad necesario para sortear los problemas financieros que pudieran avecinarse. El swap (canje) de monedas tiene la finalidad de proteger las fortalezas del modelo de acumulación de reservas y el sistema cambiario de flotación administrada.

Nadie en el comando de las políticas sensibles del escenario financiero siente comodidad ante las crisis; mucho menos, cuando no hay previsibilidad. Quienes somos depositarios de la confianza de los ahorristas debemos actuar y no tomar las decisiones una vez ocurridos los desajustes. De ese modo, se busca que un funcionamiento anormal de los mercados tenga el menor impacto posible en el ciudadano común. Este acuerdo con China, se preguntan algunos actores y agentes económicos, ¿puede ser utilizado aun en épocas de crisis para otro destino que no sea el de protección financiera? ¿Se podrán usar los yuanes ingresados por pesos para compensar a las empresas chinas por los productos que importamos? La respuesta es simple y contundente: no. No se puede; más allá de la retórica del convenio en su parte general, y de la letra chica en particular, no existe nada que supere lo que determina el marco jurídico vigente sobre el funcionamiento del mercado de cambios.

Argentina posee desde febrero de 2002 un Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), diametralmente opuesto al que existiera en la década anterior. Este mercado, regulado técnicamente por el BCRA, posee algunas características muy definidas: un tipo de cambio libre, con Registro de Operaciones, en el que sólo pueden intervenir las Entidades Financieras reguladas, obligadas a cumplir las normas que dicte el BCRA. A esos efectos, rige la Ley Penal Cambiaria (ley 19.359 y complementarias, texto ordenado por el Decreto 480/95), un régimen impositivo y otro contra el lavado de dinero. Los exportadores e importadores no pueden eludir su cumplimiento.

Según algunos analistas, existiría el riesgo de que actores inescrupulosos utilicen este acuerdo para pagar importaciones de productos chinos. Sencillamente, eso es imposible. Este acuerdo es entre Bancos Centrales y no entre particulares, siendo su objetivo brindar solvencia financiera.

El BCRA, junto con el PBC, definirá para qué utilidad financiera usará los recursos del canje de monedas. Nunca podrá hacerlo en el sentido antes aludido, de volcar indirectamente recursos para pagar a una competencia de las industrias locales. No se puede hacer, ni se pensó que eso ocurriera. Para ello existen otras políticas, por cierto más efectivas.

Como contrapartida, tampoco se podrían usar los pesos depositados en garantía en el PBC para pagar operaciones de exportadores argentinos. Todos los movimientos de fondos con el exterior se realizan en dólares y deben pasar por el MULC. La única excepción a esta regla es el Sistema de Monedas Locales (SML) establecido con Brasil. En el caso chino, no se puede, no es voluntario, no está previsto y no lo facultan las normas aduaneras ni cambiarias; el acuerdo es exclusivamente financiero.

Finalmente, si aumentar las importaciones desde China hubiese sido uno de los objetivos del acuerdo, en lugar de un swap de monedas se habría confeccionado un acuerdo crediticio con bancos comerciales, en el que no hubiera importado ni el tipo de moneda ni el movimiento financiero. Con sólo volcar recursos para financiar a sus exportadores, China podría conseguir lo que este swap no le permite.

El BCRA siempre ha procurado aplicar, en cumplimiento de su Carta Orgánica, una política monetaria sana, responsable y compatible con la expansión de la actividad económica y el empleo en la Argentina. Esa política le ha permitido ser fiel intérprete de lo que los argentinos esperan de quien resguarda la estabilidad, los ahorros y el crédito.

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