Gestión de Riesgos en Bancos y Entidades Financieras

Gestión de Riesgos en Bancos y Entidades Financieras

Blog sobre Manejo de Riesgo en Entidades Bancarias y Financieras

El BCRA requiere que los bancos presenten límites de exposición formalizados para riesgos, pruebas de tensión y planes de contingencia

Marcelo Zárate

Por Marcelo Zárate

martes, 14 de agosto de 2012

A través de la Com. "A" 5343 del 13 de agosto de 2012 y en el marco de lo dispuesto en las normas sobre "Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras", el BCRA requiere información sobre medidas cuantitativas de la gestión de riesgos y límites de exposición como así también respecto de los resultados de la realización de pruebas de estrés y planes de contingencia

Cabe recordar que la Com. "A" 5203 estableció que, a partir del 2.1.12, las entidades financieras debían contar con un proceso integral para la gestión de riesgos tomando en consideración las normas sobre “Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras" emitidas por el BCRA.

A lo largo del segundo semestre del 2011 y 2012, las entidades financieras estuvieron trabajando (y aún lo continúan haciendo) en la implementación plena de esta normativa. No obstante, a la fecha de  la emisión de la Com. "A" 5343 los bancos argentinos presentan distintos grados de avance en la implementación mencionada.  

A efectos de monitorear el estado de la implementación de la Com. "A" 5203, durante el 2012 la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) ya ha realizado visitas a distintas entidades para verificar in situ este tema (y de la Com. "A" 5201 sobre "Lineamientos para el gobierno societario en entidades financieras").

Para avanzar con la supervisión extra situ de las gestión de riesgos que realizan las entidades, el BCRA emitió ayer la Com. "A" 5343 que agregó el punto 2.2.5. en el Apartado I del Plan de Negocios” vinculado con las Medidas cuantitativas de la gestión de los riesgos. En dicho punto se solicita dos cuestiones:

  • Medidas cuantitativas de la gestión de los riesgos.
  • Límites de exposición formalizados para cada uno de los riesgos definidos como relevantes.

Adicionalmente, la citada normativa incorporó el Apartado IV sobre “Pruebas de tensión”, en línea con lo dispuesto en la Sección 7. del Texto Ordenado de las Normas sobre “Lineamientos para la gestión de riesgos en las entidades financieras”. La primera presentación de este Apartado se realizará por medio de dos copias en soporte óptico (CD) y grabados en un documento de formato portable (PDF), siguiendo las formalidades previstas para el Apartado I en las Instrucciones Particulares. Cabe aclarar que, si bien en esta oportunidad el punto de partida para la presentación del régimen se fijó el 30/06/12, la información a consignar sobre las mencionadas pruebas debe referirse al período completo de dos años correspondiente a 2012/2013.

Sobre los resultados de las pruebas de estrés, el BCRA solicita copia de los reportes internos (en fomato pdf) vigentes a la fecha de presentación del Plan de negocios que deberán abarcar como mínimo los siguientes aspectos para cada uno de los riesgos:

  1. Política y Estrategia para la realización de pruebas de tensión dentro de la gestión integral de riesgos de la entidad, según los términos de la Comunicación “A” 5203.
  2. Detalle de la metodología aplicada y fundamentos de la relevancia de los riesgos que la entidad definió analizar.
  3. Escenarios y supuestos utilizados con la evolución mensual de las variables de riesgo consideradas dentro del horizonte de tiempo bajo análisis.
  4. Evolución mensual de los efectos patrimoniales en los principales rubros del Activo, Pasivo y Patrimonio Neto.
  5. Evolución mensual de los efectos en Resultados.
  6. Evolución mensual de los efectos en Capitales Mínimos con el detalle de exigencia, integración y posición (exceso/defecto).
  7. Evolución mensual de la situación de liquidez de la entidad detallando los principales ingresos/egresos de caja por período y los activos líquidos disponibles para la eventual cobertura de faltantes.
  8. Detalle de los planes de contingencia a aplicar para cada riesgo y los procedimientos y condiciones de implementación.
  9. Utilización de los resultados de las pruebas de tensión en la gestión de riesgos de la entidad, especialmente con referencia a su consideración para el establecimiento de límites.

Los bancos tienen plazo hasta el 27 de septiembre de 2012 para presentar el Régimen Infomativo - Plan de negocios y Proyecciones (Período 2012-2014).

Tal como se comentó más arriba, las entidades financieras argentinas han avanzado en la implementación de sus marcos de gestión para cada riesgo desarrollando las estrategias, políticas, procesos, estructura organizacional y sistemas de información (EPPES). Para ello, han definido planes de acción que les permitirán cumplir con todo lo establecido en la Com. "5203" en los cuales han incorporado el diseño, desarrollo e implementación de:

  • Medidas cuantitativas de la gestión de los riesgos
  • Límites de exposición formalizados para cada uno de los riesgos definidos como relevantes.
  • Pruebas de estrés
  • Planes de contingencia

Considerando que algunos de los planes de acción llegaban hasta el año 2013 y 2014 para finalizar con la implementación "full" de la Com. "A" 5203, habrá que ver en cada caso particular lo avanzado hasta la fecha por cada banco y cómo los encuentra el dictado de esta nueva comunicación, para determinar en definitiva cuál será la información a suministrar al BCRA hacia fines de septiembre de 2012.