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Por Staff ZonaBancos.com
lunes, 12 de marzo de 2012
A partir del 3 de Abril, deberá poseer una cuenta bancaria nominada en la moneda que utilice para retirar las divisas.
Si usted suele manejarse con su dinero depositado en su cuenta bancaria y está próximo a realizar un viaje al exterior deberá tener ciertos recaudos a partir del mes de abril.
Mediante la emisión de la Comunicación “A” 5294 (Circular perteneciente al Mercado Único y Libre de Cambios) el Banco Central de la República Argentina dispone que a partir del 03.04.12 inclusive, los retiros de moneda extranjera con el uso de tarjetas de débito locales desde cajeros automáticos ubicados en el exterior, deberán ser efectuados con débito a cuentas locales del cliente en moneda extranjera.
Si a partir del próximo mes tenía planeado viajar al exterior, deberá considerar estos cambios normativos y procurar tener abierta una cuenta bancaria nominada en la divisa en que piensa hacer extracciones.
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