Comercio Exterior y Cambios

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Blog sobre transacciones del Comercio Internacional y sus Regulaciones Cambiarias

Carta de crédito de exportación: cómo preparar la documentación en forma segura

Gustavo Giráldez

Por Gustavo Giráldez

martes, 28 de julio de 2009

La carta de crédito es sin lugar a dudas, la mejor garantía que tiene un exportador de cobrar sus ventas al exterior.

 

La participación de la carta de crédito en el volumen de negocios internacional es escasa, debido a que la mayoría del comercio mundial se realiza intra firma o entre grandes corporaciones internacionales, por lo que el 80% del volumen del comercio mundial esta concentrado en aproximadamente el 20% de las empresas.

Pero lejos de la creencia popular, muchas empresas en el mundo la siguen exigiendo como alternativa frente a lo riesgoso y por ende a veces igualmente oneroso instrumento de “Pago Anticipado”.

 

Muchas veces entre las pymes que no han tenido una experiencia exportadora, existe una creencia generalizada que sostiene que con el solo hecho de haber conseguido que el importador haga emitir una carta de crédito, es suficiente como para asegurarse el cobro de la operación exportada, y esto no es así.

 

El cobro de una operación de carta de crédito depende de varios factores, alguno de los cuales a continuación detallamos, todos previsibles y perfectamente manejables antes de asumir algún riesgo.

 

1) El primero es el riesgo comercial del banco obligado al pago (abridor o confirmador en su caso) abridor, es decir el riesgo de no pago. Para ello se debe obtener información sobre activos, calificación internacional, posición en el ranking mundial de bancos etc, ya sea por medio de Internet o consultando al Departamento de Corresponsales de su banco. Es importante que el importador anticipe a la apertura el nombre del banco que abrirá la operación para poder ir verificando estos aspectos, o directamente solicitar que la operación sea abierta o confirmada por un banco Investiment Grade, cuando el banco confirmador no esté en Argentina.

 

2) El otro punto que hay que tener en cuenta es el texto de la carta de crédito. Es recomendable que el exportador tenga un modelo previo para enviarle al importador o en su defecto solicitarle al importador que le anticipe un borrador para chequear si lo requerido es lo que se desea y por encima de todo, se pueda cumplir.

 

3) Luego de haber recorrido los dos puntos anteriores, solo queda embarcar y presentar los documentos para su cobro. Los bancos negocian documentos de embarque y NO mercadería, por lo cual para que la operación pueda ser cobrada los DOCUMENTOS DE EMBARQUE deben estar en un 100% de acuerdo con los términos y condiciones de la L/C.

 

Para ello se deberá tener en cuenta las siguientes recomendaciones:

a) A los efectos de la Carta de Crédito se tendrá en cuenta solo lo escrito y todo arreglo previo con el importador NO ESCRITO no será tendido en cuenta para considerar la documentación en orden con los términos y condiciones del Crédito Documentario.

b) La carta de crédito tiene 3 vencimientos. El vencimiento de la L/C (fecha tope de validez). El vencimiento para embarcar (ultima fecha para embarque) y el plazo de presentación de documentos al banco negociador, plazo indicado en el campo 48 (formato Swift), en caso de no indicar ningún plazo se deberán considerar 21 días corridos desde la fecha de embarque y este plazo debe considerarse como ultimo plazo para que la documentación se encuentre en orden en los mostradores del banco negociador.

c) El nombre o razón social del ordenante (importador) deberá estar indicado de la misma forma en que se consigna en la L/C en todos los documentos salvo que en la carta de crédito se indique otra cosa.

d) El nombre o razón social del beneficiario (exportador) deberá estar indicado de la misma forma en que se consigna en la L/C en todos los documentos salvo que en la carta de crédito se indique otra cosa.

e) El monto facturado debe corresponderse con los términos y condiciones de la carta de crédito. Al respecto se pueden tener distintas variaciones, mencionándose a continuación alguna de ellas:

1. Si la carta de crédito indica el importe junto con la leyenda “About” o “Aproximadamente”, se permitirá que el importe varíe en un 10% en mas o en menos.

2. Si la carta de crédito permite embarques parciales, se permiten montos facturados menores a los establecidos en el crédito, siempre que no excedan el total.

3. Si la carta de crédito no permite embarques parciales, el importe debe ser exacto y nunca superado o disminuido.

4. En algunas ocasiones, las cartas de crédito indican que las mismas representan un porcentaje de la operación (por haberse recibido en forma anticipada y fuera de la carta de crédito una parte del total) y por lo tanto la factura deberá ser por el total de la operación y no por el monto de la carta de crédito.

f) Los puntos de embarque y destino establecidos en la carta de crédito deberán ser los mismos que aparezcan indicados en el documento de transporte solicitado y se deberá tener en cuenta si el crédito permite o no transbordos, y estos mismos puertos deberán ser indicados de la misma forma en todos los documentos que lo requieran.

g) La descripción de la mercadería deberá transcribirse en forma textual a la indicada en el campo 45A de la carta de crédito (formato Swift) en la factura comercial y en resto de los documentos podrá estar en forma genérica siempre y cuando no se contraponga al texto indicado en la factura comercial.

h) Preste atención a los documentos requeridos en el campo 46A (formato Swift) ya que estos documentos son los que deberá presentar al banco negociador, verifique con su despachante si estos documentos podrán ser presentados, caso requerir a su cliente modificar los términos de la carta de crédito.

i) Si el crédito autoriza la negociación con copias de documentos, considere que las copias deben estar siempre firmadas en original con firma y sello por el emisor del documento respectivo, si en algún lugar del texto del documento tiene la palabra original y esta firmada en original se considerara original (tomar la precaución de eliminar esta palabra en caso de fotocopiar el documento, para presentarlo como copia firmada en original).

j) Lea atentamente las condiciones adicionales ya que muchas veces contiene condiciones que deberá tener en cuenta para la confección de todos los documentos de embarque, como por ejemplo que todos los documentos contengan el Nro. de Carta de Crédito (este numero es siempre el Nro. del Banco Emisor) o alguna certificación adicional que deberá presentar al Banco. Además tenga en cuenta que en las cartas de crédito hay cierta información que es Banco a Banco a la cual usted no deberá poner atención (como por ejemplo la remisión de los documentos requeridos al banco emisor).

k) Por ultimo lea atentamente toda la Carta de Crédito y de encontrar algún error en algún dato tanto en las denominaciones del importador, exportador, domicilios, condición de venta, plazo de pago, documentación requerida o algún otro tema como por ejemplo por cuenta de quien son los gastos (ver campo 71B en formato SWIFT) solicite en forma URGENTE una MODIFICACION de la carta de crédito a su cliente y si considere que por cada modificación se cobraran comisiones y gastos por lo que si el error fue originado por su cliente pídale que se haga cargo de los gastos que origine esta enmienda.