Comercio Exterior y Cambios

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Blog sobre transacciones del Comercio Internacional y sus Regulaciones Cambiarias

El contrato en la compra - venta internacional

Gustavo Giráldez

Por Gustavo Giráldez

lunes, 30 de junio de 2008

Para iniciar, y teniendo en cuenta la inifinidad de transacciones que existen en el comercio internacional, uno de los puntos más relevantes a tener en cuenta, además del propio producto o mercadería que estamos negociando, es la documentación que se intercambian entre el importador y el exportador; el documento de embarque, la factura, los certificados, los instrumentos de pago y el contrato de compraventa entre otros.

Éste último es el documento de mayor importancia en una transacción internacional, es el único que determina en forma clara y concreta los derechos y obligaciones del importador y exportador. Si bien la práctica indica que generalmente es el exportador quien obliga su formalización, de no ser éste es aconsejable que sea el importador quien exija su formalización y su efectivización, principalmente cuando no se opere con un instrumento de pago seguro como ser una carta de crédito (L/C). Ya que mencionamos éste instrumento de pago cabe señalar que la carta de crédito no es más que un medio que permite cobrar una operación cumpliendo ciertos requisitos, pero en ningún caso debe reemplazar al contrato.

También, corresponde mencionar que muchas veces en la práctica, el contrato de compraventa internacional suele ser reemplazado por una orden de compra en firme, que prepara y envía el importador.

Vale aclarar, que la misma no obliga al exportador hasta tanto no la haya aceptado debidamente. En los únicos casos que la orden de compra obliga al exportador es en los casos que la misma fuere enviada como consecuencia de la aceptación de una oferta en firme interpuesta por éste último, pero en igual medida los elementos o datos que contiene son menores a los que habitualmente se establecen en un contrato.

Muchas veces se prescinde del contrato cuando se opera habitualmente con determinado proveedor del exterior, pero incluso, en éstos casos, siempre viene bien la redacción de un contrato donde se determinen las condiciones generales bajo las cuales se efectuarán las transacciones durante cierto período, el que irá cumplimentándose mediante órdenes de compra u ofertas en firme para cada embarque en particular.

Si bien en cada caso la redacción del contrato tiene directa relación con las costumbres comerciales, el producto y las necesidades de cada parte deberán tenerse en cuenta algunos, por no decir la gran mayoría, de los siguientes puntos, los que iremos desarrollando en entregas futuras:

 

1- Aspectos generales del contrato:

a- Determinación de las partes contratantes junto con sus datos generales (nombres, domicilios, etc.);

b- Lugar de celebración;

c- Fecha de celebración y entrada en vigencia;

d- Validez del contrato;

e- Tribunales a los que se someterán las partes en caso de litigio.

Sobre éste punto en particular la Cámara de Comercio Internacional (CCI) ha emitido reglas de conciliación y de arbitraje, donde se recomienda la inserción de la siguiente cláusula en los contratos de compraventa internacional: “Todas las desavenencias que deriven de éste contrato serán resueltas de acuerdo con el Reglamento de Conciliación y Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, por uno o más árbitros nombrados conforme a éste reglamento.”

f- Moneda del contrato;

g- Garantías de cumplimiento;

h- Idioma;

i- Causales para rescindir el contrato y eventuales multas;

j- Publicidad del contrato;

2- Aspectos generales de la mercadería:

a- Descripción cuali-cuantitativa de la mercadería (calidad, tecnicismos, composición, etc.);

b- Cantidad y tolerancias;

c- Unidad de medida;

d- Descripción del envase y detalle del embalaje (marcas);

e- Requisitos sanitarios, fitosanitarios, bromatológicos, etc., según la calidad del producto.

f- Certificaciones en función del punto anterior;

g- Según las características del producto deberá aclararse si requiere de instalación y de ser así quien la llevará a cabo;

h- Mantenimiento posventa y eventuales costos;

i- Garantías que ofrece el exportador por su producto;

3- Aspectos relacionados con el precio:

a- Precio unitario y total aclarado en letras como así también INCOTERM negociado y bajo que nomenclador;

b- Establecer si el precio incluye eventuales visaciones y comisiones de agentes;

c- Monto total de contrato (distinto al punto “a”), con eventuales descuentos;

d- Validez del precio;

4- Aspectos relacionados con el transporte de la mercadería:

a- Medio de transporte a utilizar y quién lo contratará;

b- Puerto o punto de carga y de descarga;

c- Alcance del flete respecto a los “Liners Terms”;

d- Compañía de transporte;

e- Detallar si hay alguna ley de reserva de carga;

f- Detallar se están permitidos transbordos o embarques en cubierta;

g- Aclarar si se operará con forwarder;

5- Aspectos relacionados con el seguro internacional;

a- Quién lo contrata (aunque ya sea determinado por el INCOTERM);

b- Alcances de la cobertura;

c- Compañía de seguro;

d- Características de la póliza (individual o flotante);

6- Aspectos relacionados con la entrega de la mercadería:

a- Determinar si hay embarques parciales o totales;

b- Establecer multas con sus respectivas salvedades en caso de incumplimiento de entrega o entrega fuera de término;

7- Aspectos relacionados con el pago:

a- Establecer si la forma de pago es anticipada, a la vista o diferida;

b- En el caso que el pago sea anticipado cabe aclarar si hay algún tipo de descuento, ya sea para ésta compra como para futuras;

c- En el caso de pago diferido establecer avales, la cantidad de cuotas y porcentaje de intereses;

8- Aspectos relacionados con el instrumento de pago:

a- Determinar si el instrumento será una cobranza, orden de pago o carta de crédito y establecer en cada caso las características de cada uno;

b- Bancos con los cuales se operará ya sea en la plaza importadora como la exportadora;

c- Fecha de apertura en el caso que se trabaje con carta de crédito y eventuales multas por el incumplimiento de la fecha pactada;

d- Aclarar quien se hará cargo de las comisiones bancarias y demás gastos;

9- Aspectos relacionados con la documentación:

a- Establecer claramente cuáles documentos necesitará el importador para poder despachar la mercadería de importación o cuáles necesitará el exportador como así también cuántas copias u originales se necesitarán;

b- De qué forma se enviarán y quién soportará los gastos;

c- Cuáles acompañarán a la mercadería;

10- Aspectos varios:

a- Determinar, en el caso que algún producto tenga que regresar al país de origen por sufrir algún desperfecto o reparación, quién se hará cargo del costo de traslado o envío;

b- De existir, quién se hará cargo de los gastos publicitarios;

c- Cualquier otro tipo de gasto que por la naturaleza o composición de la mercadería se tenga que incurrir.

 

Obviamente que esta reseña es un resumen de la importancia y características más destacadas de este tipo de instrumento, pero como para comenzar a delinear la columna en la materia, es un buen inicio.