Blog de Productos y servicios bancarios

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Informate sobre la garantía para inquilinos del Banco Provincia

Emiliano García Herrera

Por Emiliano García Herrera

jueves, 04 de septiembre de 2014

El último adherente al servicio de garantías para inquilinos fue el Banco Provincia, quien empezó a brindar este servicio a partir de una resolución en el año 2011.

Lo que ofrece Banco Provincia es una nueva forma de garantía, sólo debe presentarse, ante el locador, como mero garante del locatario.

El locador del inmueble debe cumplir con determinados requisitos:

En primer lugar debe presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI), al mismo tiempo debe ser titular de una caja de ahorros o cuenta corriente (en pesos) en la entidad. Por otra parte, debe exhibir el título o informe de dominio del cual es propietario. En caso de apoderado debe presentar el poder ante escribano público para que se acredite su condición de tal, y así poder celebrar el contrato de locación. El bien inmueble que se desea alquilar, debe estar dentro de la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires o bien estar situado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El locatario sólo debe estar precalificado crediticiamente para la adquisición de un préstamo personal, allí se corroborará que el interesado está apto para realizar los pagos del alquiler.

Por otra parte, se deben cumplir ciertas condiciones para que se lleve a cabo la operación. En primer lugar el solicitante debe ser una persona física con acreditación de haberes en cuenta y que al mismo tiempo este precalificado crediticiamente en el banco para Préstamos Personales.

El plazo del servicio es por 24 meses y por un monto de hasta $120.000 como total de la garantía o hasta que se afecten los ingresos computados. La garantía es a favor de personas físicas y/o jurídicas (locadores) y es para el mero pago de locaciones e intereses de mora que surjan del contrato locativo de inmuebles destinados a vivienda única, familiar y de ocupación permanente.

No se podrá superar el 30% de los ingresos líquidos del cliente para el pago del alquiler mensual y otras deudas que se tengan con el Banco.

La comisión al locatario será de un 5,50% sobre el monto de la garantía total. La misma se podrá abonar en un solo pago con débito en cuenta, contra el otorgamiento de la Garantía o entre 3 y 6 cuotas iguales, mensuales, consecutivas y sin interés, con débito en cuenta.

Como finalización se deberá suscribir el contrato de locación entre el locador y locatario, una carta compromiso por parte del locatario y la garantía de alquiler del Banco a favor del locador.