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La Argentina intimó al BoNY a que pague a los bonistas

viernes, 04 de julio de 2014

Economía le envió una nota a la entidad haciéndola responsable por un posible "evento de incumplimiento"

El Ministerio de Economía intimó ayer al Bank of New York Mellon, entidad encargada del fideicomiso que utiliza la República Argentina, para pagar a los Tenedores de bonos reestructurados en Estados Unidos, para que cumpla con esta obligación. En una nota hace responsable al banco por un posible "Evento de Incumplimiento". En el mismo sentido, solicitó a Euroclear, el fiduciario en Europa, para que disponga los desembolsos.

El Palacio de Hacienda dirigió una carta al Bank of New York Mellon "a los fines de intimarlo a que cumpla con las obligaciones asumidas en el Trust Indenture (contrato de emisión) para el efectivo cobro de los Tenedores". La nota deja claro que "la República Argentina ha cumplido con sus obligaciones de pago... a los fines de que el Agente Fiduciario proceda en tiempo y forma a la cancelación de los intereses correspondientes en la Fecha de Pago". En tal sentido, solicita se arbitren "todos los medios necesarios para asegurar el efectivo cobro por parte de los Tenedores de los fondos de su propiedad". Se señala más adelante que los bonistas "poseen un derecho absoluto e incondicional al cobro de los montos así depositados".

Con relación al comunicado dado a conocer por el banco el 30 de junio pasado, referido a la situación de no pago a los bonistas, el documento oficial lo califica de "incompleto, parcial e ineficaz en cuanto omite mencionar el estado actual de la causa judicial citada, el diálogo que se mantiene con el Special Master (mediador), y los derechos que los Tenedores de Títulos de Deuda de la República Argentina emitidos en 2005 y 2010 poseen en el marco del Trust Indenture y frente al Agente Fiduciario". La carta recuerda que "la distribución de los fondos depositados... son obligaciones legales y contractuales" para inmediatamente señalar que "con su conducta no han sido respetadas ni cumplidas".

La nota del Palacio de Hacienda también plantea que "una copia de la presente carta deberá ser publicada por el Agente Fiduciario, a los fines de deslindar cualquier responsabilidad y/o incumplimiento que pretenda imputársele a la República Argentina por cualquier orden judicial que obstruya el cobro definitivo de los importes depositados para el vencimiento de intereses que operó el 30 de junio de 2014, y/o que recaiga sobre el patrimonio fiduciario de los Tenedores". Por último, advierte que "la República Argentina se reserva todos los derechos y acciones que correspondan contra el Bank of New York Mellon en cuanto el mantenimiento de su conducta en el tiempo constituya o pudiere constituir un Evento de Incumplimiento ajeno a la República Argentina, que afecte sus derechos e intereses, como los de los Tenedores, y una violación a sus obligaciones como Agente Fiduciario frente al Trust Indenture y/o los Tenedores".

Una nota del mismo tenor fue enviada Euroclear, el encargado de distribuir los pagos de los bonos emitidos en Europa. Al respecto le solicitó "que arbitre los medios necesarios para cumplir con la distribución de los pagos realizados en tiempo y forma por la República Argentina de los Bonos en Dólares Estadounidenses gobernados por Ley de Argentina (los "Bonos Locales") y de los Bonos Argentinos Canjes de 2005 y 2010 gobernados por Ley de Inglaterra y Gales (los 'Eurobonos')."

En relación con los bonos locales, la nota recuerda que "en la audiencia mantenida el día 27 de junio de 2014 en la Corte de Distrito Sur de Nueva York, el juez Thomas Griesa reconoció que los bonos locales son diferentes a los demás bonos emitidos en las ofertas de canje de 2005 y 2010, y que los pagos de dichos bonos están permitidos". Tras recordar que el país ha cumplido en tiempo y forma con sus obligaciones correspondientes, señala que "entiende que Citibank, como custodio para Euroclear, ha procesado en tiempo aquellos pagos destinados a clientes de Euroclear. Euroclear, como caja compensadora intermediaria, tiene la obligación de procesar los pagos de sus clientes con bonos locales del canje, ya que en caso contrario estaría incumpliendo con sus obligaciones en perjuicio de los Tenedores de Bonos". En lo concerniente a los eurobonos, la nota enviada sostiene que "en la citada audiencia del 27 de junio de 2014, también se dio a conocer que la República Argentina había realizado el pago de los servicios por intereses correspondiente a tales títulos (emitidos bajo Ley de Inglaterra y Gales) en una cuenta del BNY en el Banco Central de la República Argentina para que sea transferida al BNY Luxembourg, como ocurre habitualmente". La carta recuerda que BNY Luxembourg es una entidad extranjera que está constituida y tiene su centro de actividad principal en Luxemburgo y "por ello, la Corte de Distrito Sur de Nueva York no tiene jurisdicción sobre BNY Luxembourg". También se afirma que "los fondos depositados en la cuenta del Agente Fiduciario no pueden ser devueltos a la República Argentina, por cuanto el BNY Luxembourg está obligado a distribuir dichos montos a los titulares beneficiarios". Además, el Gobierno argentino entiende "que las cuentas de anotación de valores (book-entry) de títulos mantenidos en Euroclear SA/NV gozan de inmunidad incondicional de embargo de acuerdo con el Artículo 11 del Decreto Real Coordinado N° 62 del 10 de noviembre de 1967, el que es a su vez reforzado por el Artículo 9 de la Ley del 28 de abril de 1999, que implementó la Directiva sobre la Firmeza de la Liquidación de la UE conforme fuera enmendada por el Artículo 15 de la Ley del 19 de noviembre de 2004 y por legislación posterior, la cual protege virtualmente toda transferencia de sumas de dinero realizadas a Euroclear y cuentas de liquidación en efectivo mantenidas en Euroclear". 

Fuente: Ambito