LÍNEAS TÉCNICAS DE ASOCIACIONES BANCARIAS SE REUNIERON PARA DISCUTIR EL TEMA

Nuevas dudas entre los bancos por los recortes a las comisiones

viernes, 02 de agosto de 2013

Se encontraron excepciones para cobrar comisiones por ventanilla y por resúmenes de cuenta. Se preguntará al Central cómo manejar el impuesto de sellos

Los bancos están abocados al análisis de la norma del Banco Central (BCRA) que regula los cargos y comisiones que cobran las entidades por los servicios que prestan para evaluar el impacto en sus respectivos negocios o para presentar las dudas al BCRA.

"Se están analizando los principales impactos que tiene que ver con las comisiones. El tema es súper delicado. Hay cifras importantes en juego", explicaron en un banco internacional. Las asociaciones de bancos ya calcularon el costo de la comunicación ´A´ 5460 que entrará en vigencia en septiembre y estarían preparados para llevarlo a la entidad monetaria.

Según surgió de la reunión entre las partes técnicas de las asociaciones el miércoles pasado para comparar interpretaciones de la norma, se llegó al consenso de que se cobrarán las comisiones por atención por ventanilla en la medida en que el cliente solicite el servicio en una sucursal que no sea la propia. Y, en cuanto a los resúmenes de cuenta, que se podrían cobrar los pedidos especiales, por afuera de la periodicidad habitual.

Las entidades analizan si la norma alcanza a las personas físicas, que no son consumidores finales, sino dueñas de un comercio y utilizan los servicios bancarios para su giro de negocio. Y resta la aclaración por parte del sector de seguros de vida si cobrarán una prima única mayor o si cobrarán primas por edad, ahora que los bancos no pueden discriminar a la hora de otorgar créditos.

También se evalúa llevar al BCRA, en principio con un dictamen de un estudio jurídico, una consulta sobre el manejo del impuesto de sellos cuando el cliente ejerce el derecho de revocar gratis la aceptación del servicio hasta diez días hábiles posteriores al contrato.

Algunas cámaras interpretaban que esta instancia se produce tras la firma de la solicitud, que no tributa sellos. Otras, que la revocación es posterior al contrato, por lo que el banco tendría que hacerse cargo en caso de que el cliente ejerza su derecho.

También, existen dudas sobre cuestiones operativas, como cuándo existe aceptación expresa por parte del cliente de que puede recibir en su correo electrónico el contrato de un crédito. Los contratos pueden ser gruesos y, ahora que están obligados a entregarlo pero no cobrarlo, quieren enviarlo por mail.

Y están analizando en sus nomencladores lo que ya les cobran a sus clientes como cargos, que debe ser la transferencia del precio del proveedor, o comisión, que implica el cobro de un servicio por parte del banco. La norma los obliga a justificar en términos técnicos y económicos los gastos que cobran para justificar los aumentos. El trámite implica 90 días antes al BCRA y luego 60, al cliente. 

Fuente: El Cronista