comisiones bancarias

Limitan cargos que pueden cobrar los bancos

viernes, 19 de julio de 2013

Se les impide, por caso, que facturen a sus clientes operaciones por ventanilla

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó ayer una reforma normativa tendiente a reducir los costos de operar con los bancos, que contempla la eliminación de algunos cargos y la limitación de otros, en el marco de la revisión del sistema de protección de usuarios de servicios financieros.

La norma, por caso, impedirá a los bancos cobrarles a sus clientes las operaciones por ventanilla (como se había tendido a generalizar en los últimos años, con el fin de derivar operaciones hacia los canales automáticos), fija límites concretos al cobro de cargos y comisiones sobre productos y servicios y les acota el negocio de seguros, ya que obliga a las entidades a darles opciones a sus clientes para que elijan entre tres compañías no vinculadas entre sí.

El nuevo régimen, cuyas características, fue aprobado ayer por el directorio del BCRA, haciendo uso de las facultades que le confirió la última reforma de la Carta Orgánica de esa entidad, que, además, lo habilita a "reorientar y regular las condiciones del crédito", aunque también le dio la posibilidad de aumentar el financiamiento al Tesoro nacional, con la contrapartida inflacionaria que supuso.

"Antes, el Banco Central era un actor pasivo frente a los excesos del sistema financiero. Ahora, con la nueva Carta Orgánica y con una clara decisión política, podemos combatir los abusos y garantizar crédito a tasa fija para el sector productivo", se ufanó la presidenta en comisión de esa entidad, Mercedes Marcó del Pont, en un comunicado.

El régimen aprobado ayer "regula cargos y comisiones de entidades financieras por los productos y servicios que ofrecen", estableciendo que deberán "representar un costo real, directo y demostrable y tener justificación técnica y económica" para que el BCRA se los apruebe.

"La aplicación de cargos y comisiones deberá tener como contrapartida la real prestación de un servicio por parte de las entidades o de terceros", detalló el comunicado.

Además, estipula que no serán admitidos "los cargos y comisiones por servicios o productos que no hayan sido solicitados, pactados o autorizados por los usuarios, o cuando no haya existido una prestación efectiva". Y deja taxativamente establecido que las entidades no podrán cobrar por "generación de resúmenes de cuenta o su envío virtual, movimientos por ventanilla u otorgamientos o administración de financiaciones ni por la contratación y administración de seguros".

Fuente: La Nación