REVÉS DEL BANCO CENTRAL

¿Recuerda el Banco Oddone?

miércoles, 04 de abril de 2012

La intervención del Banco Central en el Banco Oddone tuvo efectos ruinosos para los activos de la entidad y es el origen de reclamos millonarios de parte de Luis Oddone, quien fue privado de su libertad por el Proceso de Reorganización Nacional, que además lo forzó a desapoderarse de numerosas empresas, en el marco de la redistribución de riqueza que promovieron los jefes de la economía de entonces, con apoyo uniformado. Un fallo intenta reordenar la situación.

El Banco Central no puede pretender el reconocimiento judicial de créditos millonarios documentados en títulos emitidos por el propio organismo cuando no ha justificado el destino dado a los fondos empleados. Así dice el dictamen fiscal en la quiebra del Banco Oddone.

La Fiscalía General ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial determinó que el Banco Central de la República Argentina (BCRA) no logró justificar la totalidad del crédito por 2.320 millones de pesos que pretendía verificar el organismo ante la quiebra del Banco Oddone.

El Banco Oddone fue intervenido durante la dictadura militar el 28 de abril de 1980, por la misma época que resultaron liquidados los Bancos Hurlingam, los Andes y el Banco de Intercambio Regional (BIR).

En aquel momento Luis Alberto Oddone fue detenido por las autoridades militares junto a 25 de sus empleados. Años más tarde, Oddone sería condenado en sede penal a la pena de 6 años por el delito de administración fraudulenta en 1997.

En su libro, Cómo robar un banco – Justicia cómplice en Argentina Oddone comenta que “en esa causa penal inventada a la medida del BCRA, y como “llave” para entrar a saquear su Banco, a él se le negó la posibilidad de ofrecer prueba contable a los efectos de demostrar el vaciamiento de su institución a partir del 25 de abril de 1980, para demostrar en base a documentación fehaciente los fondos que entraron, los que salieron y por qué causa. Y que, paradójicamente a 13 años de haber quedado firme esa condena penal, el BCRA en la actualidad en sede comercial no puede ni siquiera aportar un mero listado de los depositantes a los que teóricamente la intervención dice haber pagado a consecuencia de la corrida bancaria, para de esa manera hacer una evaluación acerca de la necesidad real de las eventuales cifras desembolsadas por auxilio financiero a Banco Oddone S.A.; adelantadas por el Directorio del BCRA a su propio interventor puesto a dedo, que era quien requería los fondos y quien a su vez los recibía en sus propias manos sin ningún tipo de control por parte del personal desplazado (o preso) del Banco Oddone S.A.”

Sin los papeles en orden

Durante el prolongado proceso de liquidación del Banco, que ya lleva 32 años, se suscitaron múltiples controversias en el fuero penal y comercial entre el ex presidente de la entidad Luis Alberto Oddone y las autoridades del Banco Central, acerca de la conservación de los activos falenciales y sobre la determinación del crédito que correspondía a la autoridad de control bancario. Ese crédito estaría originado en adelantos dados al Banco Oddone para atender a retiradas temporarias de depósitos mientras funcionaba y, luego del cierre, por los gastos y pagos realizados por la autoridad bancaria con motivo de la intervención y liquidación.

El juez de primera instancia, Fernando Saravia, había desestimado todos los créditos reclamados por el BCRA, sin hacer diferencia alguna respecto al momento en que habían sido tomados o el tipo de pruebas que los acompañaban.

La fiscal de Cámara, Alejandra Gils Carbó, consideró que la verificación del crédito post-intervención no estaba debidamente probada por no haberse acompañado documentación respaldatoria adecuada. Tampoco se exhibió, en opinión de la fiscalía,i un detalle de la gestión realizada por el BCRA durante la intervención del Banco. En cambio, por el período anterior, la fiscal dijo que el crédito reclamado sí estaría probado con las notas de adelantos solicitados por los administradores del Banco Oddone y su concordancia con los extractos de cuenta corriente, formularios de autorización emitidos por el banco y el pedido de intervención por el propio Luis Oddone.

El reclamo por el período correspondiente a la liquidación por parte del BCRA estaba afectado por la pérdida de parte de la documentación en circunstancias que no pudieron esclarecerse. Tanto los extractos de cuenta corriente, como los formularios de adelantos, no se encontraban registrados informáticamente en el año ´80, por lo cual la desaparición de parte de esos documentos originales constituía una gran problema para que prosperara el reclamo del organismo.

Además, el dictamen destacó que los libros del Banco Oddone durante el período de la intervención no fueron llevados en legal forma por el Banco Central ya que fueron transcriptos y rubricados con una demora de 8 años. Si bien esto se debió a que estaban secuestrados ante un juzgado penal, la fiscalía entendió que el organismo debió implementar medios idóneos y legales para asentar las operaciones mientras los originales estuvieran a disposición de la justicia. También objetó que el BCRA no haya realizado un inventario de inicio al tomar a su cargo la administración de la entidad liquidada, pese a que estaba ordenado en la resolución que dispuso la intervención.

En cuanto a la documentación respaldatoria presentada por el banco, consistente en extractos de cuenta corriente, el dictamen precisó que no sólo había faltantes sino que “tampoco constituían prueba suficiente para admitir el crédito reclamado porque no permiten acreditar la causa concreta de los adelantos”, dice el expediente.

Por otra parte, respecto a los formularios invocados como documento de respaldo, la fiscalía subrayó que “son instrumentos emanados de la declaración unilateral de los funcionarios del BCRA porque se trata de adelantos otorgados durante la intervención. En ese contexto, para acreditar la causa de la obligación atribuida al Banco Oddone, el BCRA debió haber aportado documentación adicional que permitan corroborar el efectivo ingreso y utilización de esos fondos a los fines de la liquidación del banco. Como todo administrador de bienes ajenos, el BCRA está obligado a rendir cuentas de la gestión liquidatoria lo que no se satisface solamente con documentos emanados del mismo organismo, sin ser acompañado, al menos, de una explicación circunstanciada de los conceptos que motivaron los adelantos y su efectiva aplicación”  

Fuente: Urgente 24