publicado en Noticias
viernes, 16 de enero de 2015
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los bancos y demás entidades bancarias no podrán deducir como gastos en el Impuesto a las Ganancias las multas, sanciones administrativas disciplinarias y penales aplicadas o iniciadas por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), la Unidad de Información Financiera (UIF), la Comisión Nacionales de Valores (CNV) o la Superintendencia de Seguros de la Nación.
viernes, 28 de junio de 2013
La AFIP ha creado una red de regímenes de información que alimenta sus sistemas informáticos de datos sobre la vida privada y comercial de las personas, y que hace que los contribuyentes hoy sepan que deben hacer su declaración jurada anual de impuestos teniendo en cuenta que cualquier inconsistencia saltará rápidamente a los ojos del Fisco, por lo que es bueno conocer cuáles son los datos que conoce la AFIP de cada uno.
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“No reclames que te dan de baja”
MARCELOBAINES opinó sobre Banco Galicia el 26/02/20
“irresponsables”
jimenap1989 opinó sobre Banco Galicia el 05/02/20
“Cautivo de este banco, pesimo! Rosario.”
aluvion85 opinó sobre Nuevo Banco de Santa Fe el 19/01/20
“Cooperativismo en el capitalismo!”
aluvion85 opinó sobre Banco Credicoop el 19/01/20
“Cobro incorrecto con previa consulta hecha”
Cpach opinó sobre Banco Supervielle el 14/01/20
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