por Staff ZonaBancos.com
martes, 12 de agosto de 2008
NB ha seleccionado distintos tópicos y términos utilizados comúnmente en el ámbito bancario-financiero, a los efectos de divulgar su significado de una manera clara y entendible para el público no especializado. Hoy: Diferencia entre casa, agencia, oficina y corredor de cambio.
Qué es una casa de cambio?
Una casa de cambio se constituye bajo la forma de sociedad anónima, es decir que es una figura jurídica. Las casas de cambio brindan servicios de cambio de oro y monedas, cobro de cheques y transferencias electrónicas de fondos.
Están autorizadas por el Banco Central para realizar las siguientes actividades:
• Compra y venta de monedas y billetes extranjeros.
• Compra, venta y emisión de cheques.
• Transferencias postales, telegráficas y telefónicas.
• Emisión de vales postales, giros y cheques de viajero, en moneda extranjera.
• Compra y venta de oro amonedado y en barras de “buena entrega”.
• Ingreso y egreso del país de billetes extranjeros y oro amonedado y en barras de “buena entrega”.
• Intervención en la negociación de títulos en el marco del régimen de oferta pública.
• Arbitrajes con residentes.
Qué es una agencia de cambio?
Es una persona jurídica constituida bajo la forma de sociedad anónima o en comandita por acciones o de responsabilidad limitada.
Está autorizada por el BCRA para realizar las siguientes actividades:
• Compra de cheques de viajero, que deberán ser vendidos únicamente a las entidades financieras autorizadas para operar en cambios.
Las casas y agencias de cambio no pueden realizar operaciones vinculadas al comercio exterior, ni aquellas relacionadas con la intermediación entre la oferta y demanda de recursos financieros y con la aceptación de depósitos y otorgamiento de préstamos, avales y otras garantías en moneda nacional o extranjera.
Qué es una oficina de cambio?
Las oficinas de cambio pueden comprar monedas, billetes y cheques de viajero en divisas extranjeras. Estos valores deben ser vendidos únicamente a las entidades financieras autorizadas para operar en cambios y a las casas de cambio.
Qué es un corredor de cambio?
Los corredores de cambio actúan en la intermediación habitual entre la oferta y la demanda de moneda extranjera y los demás servicios que deriven de su actividad. Lo hacen con autorización expresa del BCRA, por cuenta de terceros y con intervención de entidad autorizada.
Sólo pueden desempeñarse como corredores de cambio aquellas personas que no estén alcanzadas por las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la Ley de Entidades Cambiarias y por las siguientes incompatibilidades:
• ser empleado, público o privado, en actividad.
• ejercer funciones políticas electivas.
• actuar como titular, director, gerente, síndico o mandatario en entidades autorizadas a operar en cambios o en firmas dedicadas a negocios de importación o exportación.
• desempeñarse como despachante de aduana.
• ser mandatario de otro corredor de cambio.
• actuar simultáneamente como corredor de cambio a título personal y formar parte de una sociedad que desarrolle tales actividades, como también integrar distintas sociedades de corredores de cambio.
Los corredores de cambio no pueden recibir fondos de terceros por cuenta propia o ajena, ni están habilitados para otra operatoria que importe mediación entre la oferta y la demanda pública de recursos financieros.
Fuente: Portal del cliente bancario
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