Educación Financiera y Protección del Consumidor Bancario

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¿Sabías que los bancos deben publicar en internet todas las comisiones, cargos, tasas de interés y CFT que cobran a sus clientes?

Marcelo Zárate

Por Marcelo Zárate

miércoles, 10 de septiembre de 2014

Las normas sobre "Protección al usuario de servicios financieros" exige a las entidades financieras a publicar en sus sitios de internet las comisiones y cargos, tasas de interés y costo financiero total (CFT) de la totalidad de los productos y/o servicios. También deben informar las promociones y bonificaciones ofrecidas.

En el punto 2.4.2 de las normas sobre "Protección al usuario de servicios financieros", el Banco Central (BCRA) exige a los bancos a publicar en sus sitios de internet en la página de inicio de su sitio de Internet institucional todas las comisiones y cargos, tasas de interés y costo financiero total (CFT) de la totalidad de los productos y/o servicios, propios o de terceros, ofrecidos a los clientes (usuarios de servicios financieros) y que estos últimos deban abonar.

Adicionalmente, la referida norma aclara que en caso de productos y/o servicios cuyas condiciones varíen en virtud de determinados parámetros que fije el sujeto obligado (edad, plazo, monto, condición de empleado o jubilado, con o sin pago de haberes a través del sujeto obligado, etc.), se deberá publicar la información antes mencionada en forma discriminada para cada una de las variantes del producto y/o servicio en cuestión.

También deberán informar las promociones y bonificaciones ofrecidas, con indicación precisa de las fechas de comienzo y de finalización, así como sus modalidades, condiciones y limitaciones.

El acceso a toda esta información deberá ser fácil y directo desde la página de inicio del sitio de internet institucional de las entidades financieras y ocupar un lugar destacado -en cuanto a visibilidad y tamaño- en la mencionada página.

La información debe ser íntegra, clara y discriminada por concepto. Podrá utilizarse un único hiperenlace o hipervínculo para dar cumplimiento a esta exigencia, en la medida en que la información que se provea forme parte de la página oficial del sujeto obligado.
No se admitirán otras remisiones a documentos, archivos y/o sitios de Internet.

Estas publicaciones obligan a los bancos durante todo el tiempo que se encuentren disponibles en su sitio de Internet institucional y hasta tanto sean reemplazadas.

Finalmente, a la hora de ejercer sus derechos, los clientes deben tener en cuenta que"los conceptos que no se encuentren publicados en el sitio de Internet de los bancos, no podrán ser cobrados a los clientes".