Comercio Exterior y Cambios

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Blog sobre transacciones del Comercio Internacional y sus Regulaciones Cambiarias

BCRA prorrogó los plazos para la formación de activos externos

Gustavo Giráldez

Por Gustavo Giráldez

miércoles, 07 de septiembre de 2011

El BCRA flexibilizó las normas en materia de formación de activos externos de residentes. Puntualmente, lo hizo a través de la Comunicación “A” 5220, extendió por 180 días corridos (a partir del 01/09/11, inclusive) la vigencia de los puntos 3.1. y 4.1. del Anexo de la Com. “A” 5198.
 
¿Qué prevén los items prorrogados?
Punto 3.1
Dentro del apartado sobre "Compra  de  divisas  para  la  formación  de  activos  externos  para  su  posterior aplicación a destinos específicos", este punto es uno de los casos donde se prevé que las personas jurídicas residentes tendrán acceso al mercado local de cambios para constituir depósitos en el exterior para su posterior aplicación a fines específicos.
De manera puntual, se refiere a las compras de divisas que realicen hasta el 28/02/2012 (aquí la prórroga, ya que originalmente la fecha era hasta el 31/08/11) las personas jurídicas residentes en el país que no sean entidades autorizadas a operar en cambios.
Punto 4.1
En este caso, dentro de las "Normas  para  el  acceso  al  mercado  local  de  cambios  para  la  formación  de  activos externos de residentes, sin la obligación de una aplicación posterior específica", se modifica uno de los casos donde se habilita a residentes en el país para acceder al mercado local de cambios para la compra de moneda extranjera para la formación de activos externos, sin la obligación de una aplicación posterior específica.
Es el caso de las compras de empresas residentes en el país de divisas sin límite de monto que se realicen hasta el 28/02/2012 (al igual que en el otro punto, el plazo anterior era hasta el 31/08/11) para la realización de inversiones directas en el exterior en actividades productivas de bienes y servicios no financieros.